Gestión Ambiental
Residuos de Manejo Especial
Vehículos al final de su vida útil
Un vehículo es considerado al final de su vida útil cuando su propietario, sea persona física o moral, lo entrega a un Centro Autorizado de Recepción de manera voluntaria u obligatoria, considerando en el caso de obligatoria, las normas oficiales mexicanas o técnicas estatales de emisiones y/o condiciones físico – mecánicas, en aquellos estados en donde apliquen; para su reciclado o valorización sin posibilidad alguna de reintegrarlo a la circulación nuevamente.
Un centro de recepción autorizada es un establecimiento destinado a la recepción de vehículos al final de su vida útil para su reciclado o destrucción.
Un depósito o corralón es un establecimiento dedicado al almacenamiento temporal de vehículos y/o de vehículos al final de su vida útil.
Dichos trámites cuentan con una vigencia de dos años, la cual deberá ser refrendada dentro del plazo establecido, esto conforme al artículo 105 del Reglamento de la Ley para la Prevención y Gestiona Integral de Residuos para el Estado de Coahuila.
Área responsable
Subsecretaría Gestión Ambiental
Noviembre, 2021