La Ley Forestal del Estado de Coahuila de Zaragoza en su articulo 12 inciso VI define que la Secretaría compilará la información sobre el uso doméstico de los recursos forestales y su conocimiento tradicional e incorporarlos al SEIF.
El uso y aprovechamiento de los recursos forestales está ligado a la historia y desarrollo de los pueblos y comunidades en el estado, la interacción entre la diversidad de los recursos y la cultura generan una amplia variedad de usos y formas de manejo de estos con fines comerciales, alimenticios, medicinales y ornamentales.
De acuerdo a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable se define por uso doméstico el aprovechamiento, sin propósitos comerciales, de los recursos forestales extraídos del medio natural en el que se encuentran, para usos rituales o satisfacer las necesidades de energía calorífica, vivienda, aperos de labranza y otros usos en la satisfacción de necesidades básicas en el medio rural; mientras que conocimiento tradicional se refiere al conocimiento, innovaciones y prácticas de las comunidades indígenas y locales relacionadas con los recursos. Estos conocimientos tradicionales se han desarrollado mediante las experiencias de las comunidades a través de los siglos, adaptándose a las necesidades, culturas y ambientes locales, transmitidos de generación en generación.
Área responsable
Subsecretaría Recursos Naturales
Marzo, 2022